Da 2 se aprueba el Reglam..., FC.P.J.-

Da 2 se aprueba el Reglamento del Fondo Español de Desarrollo Sostenible -FEDES, F.C.P.J.-

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D.A. 2ª. Código de Financiación responsable de la Cooperación Española.

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En el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor del presente real decreto, la AECID, a través de la Dirección de Cooperación Financiera y Gerencia General del FEDES (en lo sucesivo, Gerencia General del FEDES) informará al Comité Ejecutivo del FEDES (en adelante, CEF) sobre la modificación del Código de Financiación Responsable que deberán cumplir todas las operaciones objeto de financiación por el Fondo. El Código deberá garantizar el cumplimiento de los principios rectores y objetivos de la cooperación financiera para el desarrollo sostenible establecidos en el artículo 15.3 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global y será conforme con lo establecido en el reglamento aprobado por el presente real decreto.

En tanto se produce la modificación de dicho Código, seguirá siendo de aplicación el Código de Financiación Responsable de la Cooperación Española previsto en el Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.