Da 2 el que se aprueba el... Andalucia

Da 2 el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucia

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DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Herrado.

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La práctica del herrado y la forma en que todas las reses machos y hembras queden individualmente identificadas y pueda acreditarse así su edad en las ganaderías ubicadas en el territorio de Andalucía será la regulada por el órgano de la Administración competente en materia de ganadería. El personal veterinario del Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia de cada asociación será el encargado de controlar la práctica del herrado de reses de la raza bovina de lidia conforme a la normativa aplicable a tales operaciones ganaderas.