Da 2 Calidad alimentaria de Galicia
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D.A. 2ª. Constitución de los órganos colegiados creados en la ley

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En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley se aprobarán mediante decreto los reglamentos de desarrollo del Consejo Alimentario de Galicia y de la Mesa de la Calidad Diferenciada de Galicia y se constituirán ambos órganos.