Da 2 Código penal militar
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»D.A. 2ª.
Vigente
Los autos y sentencias dictados por los órganos judiciales militares, unipersonales y colegiados, serán públicos, siguiendo el mismo sistema de publicación que el resto de resoluciones judiciales.
A tal efecto, el Gobierno dictará las disposiciones oportunas para garantizar tal publicidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-10-2015 en vigor desde 15-01-2016