Da 2 Colectivos de usuarios de cannabis

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Los clubes de personas consumidoras de cannabis podrán crear entidades que los agrupen para la consecución de los intereses que les son comunes, así como para su representación ante las Administraciones Públicas y la sociedad en general.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 2 de diciembre de 2014.-La Presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina Angulo.

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F1416792