Da 2 Competencia y funciones de inspección general de los servicios de la Administración
- Norma que mantendrá su vigencia en todo aquello que no se oponga a lo previsto en la Ley 22/2018, de 6 de noviembre. - LEY 22/2018, de 6 de noviembre, de la Generalitat, de Inspeccion General de Servicios y del sistema de alertas para la prevencion de malas practicas en la Administracion de la Generalitat y su sector publico instrumental [2018/10294]
D.A. 2ª. Alcance de las funciones de participación en los proyectos de modernización y calidad
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Las funciones y responsabilidades previstas en los artículos 3.2 y 4.6 del presente decreto, concernientes a la participación activa, en el ámbito de la modernización y calidad de los servicios, por parte del órgano competente en materia de inspección general de los servicios, así como de los recursos personales adscritos a la función inspectora, se entenderán referidas a todos los proyectos de modernización y calidad que se aprueben a partir de la entrada en vigor de este decreto y, en todo caso, a los distintos proyectos e instrumentos de esta naturaleza actualmente vigentes que figuran incluidos en el Decreto 62/2010, de 16 de abril, del Consell, por el que se establecen los instrumentos generales del sistema para la modernización y mejora de la calidad de los servicios públicos de los entes, organismos y entidades del sector público dependientes de la Generalitat, o norma posterior que lo modifique o sustituya.
