Da 2 Condiciones y cuantías máximas de prestaciones económicas reguladas en la Ley 39/2006 de Dependencia
- Se modifica el título de la norma, pasando de denominarse «Decreto-ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas Vinculada al servicio y la de Cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales, reguladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, aplicables en la Comunidad Autónoma de Canarias» a «Decreto-ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas vinculada al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal». - DECRETO ley 2/2026, de 9 de marzo, por el que se modifica el Decreto ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas vinculada al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal, y se modifica la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, en cuanto al régimen de compatibilidades e incompatibilidades de las prestaciones de atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias
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»D.A. 2ª. Revisión de las cuantías máximas de las prestaciones económicas.
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Las cuantías máximas de las prestaciones económicas aprobadas en este Decreto ley se podrán revisar por el Gobierno mediante decreto, a propuesta de la Consejería competente en la materia de derechos y políticas sociales, previo acuerdo del Consejo General de Servicios Sociales, para los grados de Dependencia con derecho a prestaciones económicas.

