Da 2 Coordinación de Policías Locales de C. León
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Convalidación de estudios.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 6.2.b de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Consejería competente en la materia someterá a las autoridades educativas competentes, a los efectos de su convalidación, los estudios que se cursen en el Escuela Regional de Policía Local de la Comunidad de Castilla y León.
