Da 2 Directrices Generales de Ordenación Territorial
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
Vigente
En el ámbito de las competencias que la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de comarcalización de Aragón atribuye a las comarcas, los consejos comarcales, como órganos de gobierno y administración comarcal, acordarán los lugares en los que deben establecerse los servicios y equipamientos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-07-1998 en vigor desde 30-07-1998