Da 2 Directrices sobre la incorporación de criterios y cláusulas sociales en la contratación pública
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»D.A. 2ª. Documento Europeo Único de Contratación
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Con el fin de conseguir una mayor transparencia y eficacia en la comprobación de los criterios y condiciones de selección, así como para una mejor verificación de aquellas cláusulas sociales que se incorporen en un determinado procedimiento de contratación, los respectivos órganos de contratación del sector público autonómico procederán, en los términos legales previstos y con carácter obligatorio, a la introducción del Documento Europeo Único de Contratación -DEUC- como mecanismo unificado para probar, de forma preliminar, que la empresa licitadora cumple las condiciones exigidas.
