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Da 2 Ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales

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D.A. 2ª. Restricciones generales aplicables a la utilización de redes de arrastre y de redes fijas y de deriva.

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Además de lo estipulado en este real decreto, de manera general el uso de redes de arrastre y de redes fijas y de deriva estará sujeto a las restricciones y condiciones de utilización establecidas en el Reglamento (UE) número 2019/1241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, o cualquier otro que lo sustituya.