Da 2 Farmacia de Andalucía
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»D.A. 2ª. Planificación farmacéutica en zonas con oficinas de farmacia amortizadas.
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Lo dispuesto en el artículo 29.1 de la presente Ley será de aplicación igualmente a las zonas en las que se hubiera producido la amortización de oficinas de farmacia al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.2 del Real Decreto 909/1978, de 14 de abril.
