Da 2 Gravamen temporal energético

Da 2 Gravamen temporal energético

Ver Indice
»

D.A. 2ª. Revisión y concertación o convenio del gravamen temporal energético.

Vigente

El Gobierno revisará la configuración del gravamen temporal energético para su integración en el sistema tributario en el ejercicio fiscal 2025, que se concertará o conveniará, respectivamente, con la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra.