Da 2 Implantacion de la Administracion Electronica
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Protección de datos personales.
Vigente
1. La implantación de la Administración electrónica en ningún caso supondrá exención o debilitamiento de los deberes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos públicos en orden a la protección de los datos personales de los ciudadanos.
2. El Gobierno de Navarra podrá promover mediante Decreto Foral la creación de la Agencia de Protección de Datos Personales de Navarra.

