Da 2 Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración
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»D.A. 2ª.-Obligaciones de las entidades públicas empresariales, sociedades públicas y fundaciones públicas.
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Las entidades públicas empresariales, sociedades públicas y fundaciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos públicos comunicarán al órgano gestor del Registro las designaciones y nombramientos que efectúen en sus órganos rectores de personas que se encuentren comprendidas en el artículo 2 de esta Ley Foral, así como de las percepciones económicas asignadas por los conceptos señalados en el artículo 5.1 de esta Ley Foral.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 2ª) por LEY FORAL 10/2007, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administracion de la Comunidad Foral de Navarra.
(NA de 18-04-2007) en vigor desde 19-04-2007
