Da 2 Ley de medidas urgentes en materia concursal
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»D.A. 2ª. Establecimiento de un portal de acceso telemático.
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En el plazo de nueve meses, se creará en el Registro Público Concursal un portal de acceso telemático en el que figurará una relación de las empresas en fase de liquidación concursal y cuanta información resulte necesaria para facilitar la enajenación del conjunto de los establecimientos y explotaciones o unidades productivas.
