Da 2 LEYFORAL19/2008,de20denoviembre,porlaqueseestablecelacuantiayformuladerepartodelFondodeParticipaciondelasHaciendasLocalesenlosTributosdeNavarraparalosejerciciospresupuestariosde2009a2012.
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Modificación de la Ley Foral 16/1997, de 2 de diciembre, por la que se establece la Carta de Capitalidad de la ciudad de Pamplona.
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Queda derogado el artículo 6 de la Ley Foral 16/1997, de 2 de diciembre, por la que se establece la Carta de Capitalidad de la ciudad de Pamplona.
El artículo 7 de la Ley Foral 16/1997, de 2 de diciembre, por la que se establece la Carta de Capitalidad de la ciudad de Pamplona queda redactado de la siguiente manera:
El abono de las cantidades correspondientes al concepto de Carta de Capitalidad de la Ciudad de Pamplona se realizará cada ejercicio en cuatro soluciones, haciéndose efectivas dentro de la primera quincena de cada trimestre natural.

