Da 2 Medidas 2007 fiscales y financieras

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DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Régimen de formalización de los negocios jurídicos de bienes patrimoniales de los entes locales.

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Las adquisiciones y transmisiones, a título oneroso o gratuito, de bienes inmuebles patrimoniales de los entes locales o derechos reales sobre estos bienes pueden formalizarse en documento administrativo, que es título suficiente para inscribirlos en el Registro de la Propiedad si el adquiriente o transmitente es otra administración pública o un organismo o entidad vinculados a la Administración.