Da 2 Medidas fiscales y a...de Galicia

Da 2 Medidas fiscales y administrativas 2022 de Galicia

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D.A. 2ª. Documentos de referencia

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1. El órgano ambiental, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, y de conformidad con lo dispuesto en el número 3 del artículo 36 bis de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, elaborará para los grupos de proyectos que se contemplan en los anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, los documentos de referencia de los grupos de proyectos de los que ya se hayan emitido documentos de alcance o ya se haya realizado la evaluación ambiental aunque, en el caso de estos últimos, no se haya determinado el alcance del estudio de impacto ambiental.

2. Para la aprobación de estos documentos de referencia no será necesario realizar nuevas consultas a las administraciones públicas afectadas por razón de la materia y a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, vinculadas a la protección del medio ambiente.

3. A partir de la entrada en vigor de la presente ley queda suspendida la tramitación de las solicitudes de emisión de documento de alcance en tanto no se elabore el correspondiente documento de referencia conforme a lo previsto en el número 1 de la presente disposición.