Da 2 Medidas urgentes de carácter administrativo, tributario y de control financiero
D.A. 2ª
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Con carácter transitorio y por un periodo de cinco años, las funciones atribuidas a la escala superior de intervención del cuerpo de intervención de la Generalitat de Catalunya las pueden ejercer, con plenitud de efectos jurídicos, funcionarios de la escala técnica de control y contabilidad del cuerpo de intervención de la Generalitat de Catalunya, mediante resolución de habilitación del interventor o interventora general y con el alcance que este o esta determine, que puede prolongar por necesidades del servicio.
Asimismo, con carácter transitorio y por el mismo periodo, las funciones atribuidas a la escala técnica de control y contabilidad del cuerpo de intervención de la Generalitat de Catalunya las pueden ejercer, con plenitud de efectos jurídicos, funcionarios de la escala superior de administración general del cuerpo superior de administración de la Generalitat de Catalunya, mediante resolución de habilitación del interventor o interventora general y con el alcance que este o esta determine.
Durante el periodo de vigencia de la habilitación, el personal habilitado tiene derecho a la percepción de un componente singular en el complemento específico del puesto que ocupa hasta su equiparación con el nivel retributivo propio de las funciones para las que está habilitado.
- Artículo modificado por Decreto ley 3/2026, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia fiscal, de simplificación y agilización en la gestión, en el ámbito del urbanismo y la vivienda, en el ámbito de personal y otras medidas urgentes en prórroga presupuestaria (GC de 25-03-2026) en vigor desde 26-03-2026
