Da 2 Medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio
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»D.A. 2ª. Evaluación de las medidas establecidas en el real decreto-ley.
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Transcurridos cinco años desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en colaboración, en su caso, con los Departamentos ministeriales competentes, llevará a cabo una evaluación de las medidas establecidas en el mismo. A estos efectos, la evaluación contendrá, al menos, los criterios establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo, por el que se regulan el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se crea la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.

