Da 2 Medidas urgentes en ...económicos

Da 2 Medidas urgentes en materia del servicio público discrecional del transporte de personas viajeras y en otras materias vinculadas a sectores económicos

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D.A. 2ª. Distribución de la ayuda estatal para el establecimiento del descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears

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1. La disposición adicional centésima décimo quinta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece una ayuda a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por un importe de 43 millones de euros, para la implantación del descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte colectivo terrestre de las islas.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 5 de la mencionada disposición, se compensa proporcionalmente a las administraciones o empresas gestoras de los servicios de transporte terrestre colectivo de las Illes Balears con las siguientes cuantías:

- Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma: 19.010.643,97 Euros

- Consorcio de Transportes de Mallorca: 8.722.430,71 Euros

- Servicios Ferroviarios de Mallorca: 6.119.324,05 Euros

- Consejo Insular de Ibiza: 5.379.993,96 Euros

- Consejo Insular de Menorca: 3.333.278,38 Euros

- Consejo Insular de Formentera: 434.328,93 Euros

Si alguna de las administraciones o empresas gestoras de los servicios de transporte no justifica haber utilizado la totalidad del fondo de la cuantía asignada o no cumple los requisitos para poder efectuar la transferencia, la distribución anterior deberá modificarse mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno que asignará este importe a las administraciones o empresas gestoras que hayan justificado un gasto superior al asignado.

2. La persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación habilitará, en su caso, los créditos necesarios en las correspondientes secciones presupuestarias para la financiación de las medidas previstas en esta disposición adicional.

3. Dado que las entidades beneficiarias de las ayudas han manifestado formalmente su compromiso de implantación del descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte colectivo terrestre para el año 2023, el pago de las ayudas se tramitará cuando entre en vigor este Decreto Ley.

4. Los créditos que se destinen a financiar estas medidas se restituirán con las aportaciones que la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears reciba del Estado en relación con la ayuda establecida en la disposición adicional centésima décimo quinta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.