Da 2 Mitigación del impac...structuras

Da 2 Mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de vivienda e infraestructuras

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D.A. 2ª. Exenciones y bonificaciones.

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Las tarifas por prestación de servicios portuarios podrán tener una reducción de hasta el 80% cuando se justifiquen pérdidas como consecuencia de acontecimientos climatológicos extraordinarios o quebrantos que por su violencia, imprevisibilidad y ajenidad a la conducta humana puedan ser constitutivos de fuerza mayor. Esta reducción se aplicará previa solicitud razonada del sujeto pasivo.