Da 2 Modelo 560 Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación
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»D.A. 2ª. Conversión de oficio de los CIE.
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(NOTA: Disposición de aplicación a los devengos que se produzcan a partir de 1 de octubre de 2021)
En los supuestos en que, en aplicación de la Orden HAP/172/2021, de 25 de febrero, proceda modificar los códigos de identificación de la electricidad (CIE) que se encuentren en activo, la oficina gestora realizará, de oficio, las actuaciones necesarias emitiendo, en su caso, las correspondientes tarjetas de inscripción que sustituyan a las anteriores.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 2ª (se añade)) por ORDEN FORAL 88/2021, de 23 de julio, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 41/2015, de 16 de febrero, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 560 Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación y se establece la forma y procedimiento para su presentación.
(NA de 10-08-2021) en vigor desde 11-08-2021
