Da 2 Modelos 600, 610, 620 y 630 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
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»D.A. 2ª. Alteraciones en los modelos.
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No tendrán la consideración de modificaciones de los modelos aprobados por la presente disposición las alteraciones en la numeración de las casillas contenidas en cada uno de ellos por supresión de alguna de ellas.
Tampoco será considerada modificación de los modelos el orden de los ejemplares de que consta cada uno ellos, o su supresión, así como las operadas en las instrucciones derivadas de la ampliación o mejora de la información para su cumplimentación.
No obstante, los modelos resultantes de cualquiera de las modificaciones aludidas en los párrafos anteriores se publicarán en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha mediante resolución de la Dirección General competente en materia de tributos.
