Da 2 Modelos oficiales y las características técnicas del material y la documentación electoral a emplear en las elecciones al Parlamento Vasco, así como el procedimiento de entrega de los mismos
D.A. 2ª.- Condiciones de elaboración de las papeletas.
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Copiloto jurídico
1.- Con la finalidad de confeccionar de forma segura las papeletas de votación y para la óptima calidad de la publicación de los resultados electorales, las candidaturas proclamadas en cada Territorio Histórico entregarán al departamento competente en materia electoral del Gobierno Vasco, el símbolo o logotipo de identificación oficial, tanto en su versión en color como en blanco y negro. Asimismo, las juntas electorales de Territorio Histórico remitirán al citado departamento la relación de los miembros de las candidaturas tanto presentadas como proclamadas.
2.- Para garantizar la exactitud en la elaboración de las papeletas de votación, el Boletín Oficial del País Vasco publicará en letra mayúscula los nombres y apellidos de las personas que integran las candidaturas presentadas y las proclamadas.
