Da 2 Se modifica la Ley 7/1995, de Ordenacion del Turismo
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1. Se modifican los artículos 5.2.e), 64 y 81.4 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, en el sentido de sustituir "Registro General de empresas, establecimientos y actividades turísticas" por "Registro General Turístico".
2. Las referencias al Registro General de empresas, establecimientos y actividades turísticas contenidas en las normas de desarrollo de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, y, en general, en la normativa vigente, se entenderán realizadas al Registro General Turístico.
