Da 2 Modificación de diversas leyes de La Mancha para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los Servicios en el Mercado Interior
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»D.A. 2ª. Cumplimiento de la obligación de notificación a la Comisión Europea.
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El órgano administrativo competente comunicará a la Dirección General competente en materia de asuntos europeos, antes de su aprobación, cualquier proyecto legal, reglamentario o administrativo en el que se prevean requisitos del apartado 2 del artículo 15 o del artículo 16 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los Servicios en el Mercado Interior, motivando su compatibilidad con los criterios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación, para su posterior notificación a la Comisión Europea por los conductos correspondientes.
