Da 2 modificación de la Ley 17/2008, de Política Agraria y Alimentaria
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La composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Mixta y de la Comisión de Seguimiento reguladas en el apartado 4 del artículo 70 y en el artículo 71, respectivamente, se regularán en el plazo de seis meses desde la publicación de esta modificación de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.
