Da 2 Modificación de la Ley 2/1989, sobre centros recreativos turísticos, y de establecimiento de normas en materia de tributación, comercio y juego
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»D.A. 2ª. Mantenimiento de las actuales autorizaciones de casinos
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Sin perjuicio del reconocimiento de los derechos de los casinos existentes actualmente en Cataluña en los términos establecidos por sus respectivas autorizaciones de apertura y funcionamiento, no se pueden ampliar ni conceder otras autorizaciones para la explotación de casinos de juego fuera del ámbito del centro recreativo turístico de Vila-seca y Salou.
