Da 2 Normalización del uso del euskera en el Sector Público
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»D.A. 2ª.- Uso del euskera en la Administración del Estado radicada en la CAE.
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El Gobierno Vasco promoverá, de acuerdo con las entidades competentes, la adopción por estas de medidas para la progresiva normalización del uso del euskera en la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma de Euskadi y en las entidades de ella dependientes que estén radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.
