Da 2 Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
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En el transporte público urbano regular de viajeros de uso general será de aplicación, para los Ayuntamientos adheridos al Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, el régimen competencial, económico y demás disposiciones establecidas en la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del citado organismo.
