Da 2 Ordenación sanitaria catalana

Da 2 Ordenación sanitaria catalana

Ver Indice
»

D.A. 2ª

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los organismos funcionales que se creen de conformidad con lo que prevé el artículo 7, apartado 2 primero, de la presente Ley deberán someterse a las previsiones contenidas en los Capítulos 5, 6, 7 y 8 del Titulo 4, en lo que respecta, a su régimen de personal, patrimonial, financiero, presupuestario, contable, de impugnación de los actos y representación y defensa en juicio, y en los mismos términos que se establecen en ellas.