Da 2 Organización Institucional, Gobierno y Administración
- Todas las referencias a «Diputados Forales», «Procuradores-Junteros», «los altos cargos», «los miembros», «los ciudadanos», «Directores Generales», «los representantes», quedan sustituidas, respectivamente, por las referencias a «diputadas y diputados forales», «junteros y junteras», «las y los altos cargos», «las y los miembros», «las ciudadanas y ciudadanos», «directoras y directores generales» y «las personas representantes».
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»D.A. 2ª. Seguro de vida y accidentes de las y los miembros de la Diputación Foral, y de las y los altos cargos.
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La Diputación Foral, con cargo a los Presupuestos Generales del Territorio Histórico, contratará un seguro que cubra los riesgos de vida y accidentes del diputado o diputada general, de los diputados y diputadas forales y de las y los altos cargos, en las mismas condiciones que las del personal a su servicio.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 2ª (se añade)) por NORMA FORAL 3/2013, de 3 de julio, por la que se modifica la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
(SS de 09-07-2013) en vigor desde 01-08-2013
