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»D.A. 2ª. Aplicación del régimen de jornadas y horarios de trabajo en las Policías Locales de Navarra.
Vigente
Lo dispuesto en el título IV de esta ley foral en cuanto a jornadas y horarios de trabajo del personal de las Policías de Navarra no perjudicará los convenios y acuerdos colectivos que se hayan alcanzado en las Entidades Locales de Navarra a la fecha de entrada en vigor de la presente ley foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-11-2018 en vigor desde 21-11-2018