Da 2 Presupuestos 2007 C. León
D.A. 2ª.-Subvenciones de carácter social.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Durante el ejercicio 2007, los hechos subvencionables con cargo a los subprogramas 231B02, 231B03, 231B04, 231B05, 231B06, 231B07, 232A01, 232A02, 241B03, 241B04, 241C01, 241C02, 312A01, 312A02 podrán tener por objeto todas aquellas actuaciones de los posibles beneficiarios que, con el carácter de subvencionables, hubieran tenido lugar durante el ejercicio anterior, con sujeción en todo caso a la normativa comunitaria aplicable.
2. Los hechos subvencionablesvinculados a la realización de acciones cofinanciadas con fondos procedentes de la Unión Europea en los sectores de la mujer, colectivos en riesgo de exclusión social, jóvenes en situación de riesgo o desamparo, personas discapacitadas; inversiones para obras y equipamientos de centros de atención a personas discapacitadas y personas mayores; así como los incluidos en programas experimentales de lucha contra la pobreza y cooperación al desarrollo con cargo a los Presupuestos de 2007, podrán comprender como ejecución de la inversión o el gasto, el realizado en el ejercicio de la concesión de las ayudas, en el inmediato siguiente o durante el período de elegibilidad del proyecto, según la legislación europea aplicable.
3. En las subvenciones con cargo a los subprogramas 312A01, 231B022, 231B03, 231B04, 231B05, 231B06, 232A01, 232A02, 241B03, podrá establecerse la posibilidad de que la ejecución de la inversión se realice en los ejercicios correspondientes a las anualidades comprometidas en el momento de la concesión y, en su caso, en los inmediatos siguientes.
4. Las ayudas concedidas con cargo al Capítulo IV del estado de gastos del Presupuesto de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León destinadas a Corporaciones Locales de municipios con población superior a 20.000 habitantes y Diputaciones Provinciales con el objeto de financiar los servicios sociales que éstos han de prestar, así como las destinadas a las Universidades de Castilla y León con el objeto de poder desarrollar el Programa Interuniversitariode la Experiencia en Castilla y León, podrán suponer compromisos de gastos de carácter plurianual realizados al amparo de lo previsto en la legislación de la Comunidad de Castilla y León.
La justificación de los gastos que determine la concesión de tales subvenciones podrá realizarse, de modo indistinto, con los realizados tanto en el ejercicio correspondiente a la concesión como aquellos que se produzcan en el ejercicio de la anualidad siguiente.
