Da 2 Presupuestos 2012 Cataluña
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»D.A. 2ª. Fondo de competitividad
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Si a lo largo del ejercicio presupuestario 2012 la Administración general del Estado transfiere recursos a la Generalidad en concepto del Fondo de competitividad incluido en el modelo vigente de financiación, estos deben destinarse, en primer lugar, a garantizar la efectividad del volumen total de los ingresos no financieros y no finalistas previstos en el presupuesto inicial. En caso de que al final del ejercicio el conjunto de los ingresos liquidados no financieros y no finalistas supere las previsiones iniciales, la diferencia debe destinarse a reducir, por el mismo importe, el límite de endeudamiento autorizado por el artículo 39.1.
