Da 2 Presupuestos 2012 Galicia
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»D.A. 2ª. Entidades públicas instrumentales.
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Las entidades públicas instrumentales que, en su caso, pudieran presentar pérdidas de explotación están obligadas a elaborar un plan con la finalidad de restablecer la situación de equilibrio en sus presupuestos.
El citado plan habrá de remitirse a la Consejería de Hacienda para su aprobación dentro de los tres meses siguientes a aquel en el que se haya detectado la situación de desequilibrio o, en todo caso, a partir de la aprobación de las cuentas anuales en las que esta circunstancia se reflejase.
