Da 2 Presupuestos 2013 Aragón

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D.A. 2ª.- Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones.

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1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, como condición necesaria para otorgar cualquier tipo de subvención o ayuda a empresas con cargo a los presentes presupuestos, verificará que la entidad solicitante cumpla todos los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca, lo que deberá acreditarse mediante certificación o informe favorable del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente sobre la declaración responsable emitida por la empresa, así como no haber sido sancionada por la autoridad laboral competente y cumplir la normativa mencionada en el artículo 36.5 de la presente Ley.

2. El beneficiario de cualquier subvención o ayuda concedida por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón vendrá obligado a acreditar, en el momento que dispongan las bases reguladoras y la convocatoria de cada subvención, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no tiene deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. No obstante, y sin perjuicio de las comprobaciones que con carácter facultativo pueda realizar la Administración, se exonera del cumplimiento de la acreditación precedente cuando la cuantía de la subvención o ayuda no exceda de mil euros por beneficiario y año, así como, de acuerdo con su naturaleza, las siguientes ayudas.

- Las subvenciones de la Política Agrícola Común que se tramiten al amparo de la Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la «Solicitud Conjunta», salvo que en las bases reguladoras de cada ayuda o en las convocatorias se diga lo contrario.

- Las ayudas concedidas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la contratación de los seguros agrarios y, en su caso, a la recogida, destrucción y eliminación del ganado muerto de las explotaciones.

- Las becas y ayudas dirigidas a los alumnos desempleados que participen en los cursos y acciones de acompañamiento a la formación del Plan de Formación para el Empleo de Aragón y Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

- Las ayudas destinadas a la formación universitaria, las establecidas para la formación y contratación del personal investigador, las destinadas a la realización de proyectos y actividades de investigación, así como las ayudas establecidas a favor de los institutos universitarios de investigación que obtengan la calificación de «Instituto Universitario de Investigación Financiable».

3. Para la acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón, a efectos de lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 3.º, apartado 3, del artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud para la concesión de subvenciones por parte del beneficiario conllevará la autorización del órgano gestor para recabar los certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4. Los Departamentos y organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando así esté previsto en la convocatoria, comprobarán los datos de identificación de las personas físicas solicitantes de las subvenciones y ayudas que puedan concederse en el ámbito competencial de cada Departamento y organismo público, para procedimientos concretos, mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de conformidad con la normativa reguladora sobre protección de datos de carácter personal, por lo que no se exigirá la aportación de fotocopias compulsadas de los documentos acreditativos de la identidad.

Los Departamentos y organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón comprobarán también el nivel y origen de la renta o la situación en la Seguridad Social de los solicitantes de subvenciones y ayudas, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuando así lo prevea la convocatoria y se trate de datos precisos para comprobar la concurrencia de los requisitos exigidos para la concesión o cobro de la subvención o ayuda o para determinar situaciones de prioridad, por lo que no se exigirá la aportación de fotocopia compulsada de los documentos acreditativos correspondientes.

La presentación de la solicitud de subvención o ayuda por parte del interesado conlleva el consentimiento para que el órgano gestor realice dichas comprobaciones. En el caso de que el interesado no consintiera dicha consulta, deberá indicarlo expresamente y aportar fotocopia compulsada de todos los documentos acreditativos que se exijan en la convocatoria de la subvención.

Las convocatorias de cada subvención determinarán si se aplican estas comprobaciones por la Administración y la posibilidad de que por el interesado se deniegue el consentimiento, indicando también expresamente su no aplicación cuando haya causas que así lo justifiquen.

Si como consecuencia de la verificación de los datos de identificación se pusiera de manifiesto alguna discordancia respecto a los datos facilitados por el interesado, el órgano gestor está facultado para realizar actuaciones tendentes a su clarificación.

5. Concedido un aval a un beneficiario, la concesión de una subvención, aunque sea por una operación distinta, requerirá la previa autorización del Gobierno de Aragón. De la misma forma se procederá si, concedida una subvención, se solicita posteriormente un aval. En ningún supuesto podrán concurrir, respecto de un mismo proyecto, aval y subvención, salvo casos excepcionales autorizados por el Gobierno de Aragón.