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Da 2 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia de las personas y el acceso a las prestaciones

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D.A. 2ª. Municipio de Zaragoza.

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1. Respecto a los expedientes correspondientes a personas residentes en el municipio de Zaragoza, las referencias a los Centros de Servicios Sociales de los artículos 6 y 7 de esta Orden deben entenderse realizadas a la Dirección Provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón

2. Los Centros de Servicios Sociales realizarán las funciones de información y orientación social a las personas que deseen acceder al sistema para la autonomía y la atención a la dependencia. El ejercicio del resto de funciones previstas en la presente Orden será objeto de un convenio de colaboración en el que se especifique su aplicación.