Da 2 Régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y Registro General de Productores y Gestores de Residuos
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
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De conformidad con lo dispuesto en el párrafo final del apartado 1 del artículo 5 del Decreto 200/2003, de 20 de marzo, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se procede a la creación del Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano, se podrá utilizar el Registro Telemático de la Xunta de Galicia para la transmisión de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones a que se hace referencia en el presente Decreto.
