Da 2 Registro nacional de instrucciones previas
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»D.A. 2ª. Extensión del ámbito de la norma a las ciudades autónomas.
Vigente
Las referencias a las comunidades autónomas se entenderán también realizadas a las Ciudades de Ceuta y Melilla en el marco de sus competencias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-02-2007 en vigor desde 15-11-2007