Da 2 Registro de Parejas ...de Galicia

Da 2 Registro de Parejas de Hecho de Galicia

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D.A. 2ª. Datos de carácter personal.

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De conformidad con la Ley orgánica 3/2018, de 5 diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales recogidos en los procedimientos regulados en el presente decreto, cuyo tratamiento y publicación se autoriza por las personas que conforman la pareja interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un aplicativo informático denominado «Registro de Parejas de Hecho de Galicia», cuyo objeto es tramitar este procedimiento, verificar los datos y documentos que las personas interesadas aporten en sus solicitudes para comprobar la exactitud de los mismos, llevar a cabo las actuaciones administrativas que se deriven e informar sobre el estado de tramitación. Asimismo, los datos personales se incluirán en la Carpeta ciudadana de cada persona para facilitar el acceso a la información, tanto personal como de carácter administrativo. El órgano responsable de este fichero es la Xunta de Galicia, Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes. Las personas interesadas podrán solicitar el acceso, rectificación, oposición, limitación, portabilidad y supresión de sus datos o retirar, en su caso, el consentimiento otorgado, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se recoge en https://www.xunta.gal/exercicio-de-dereitos.