Da 2 Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social -Derogado-
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»D.A. 2ª. Función interventora.
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El control interno de las operaciones de ingresos y pagos reguladas en este Reglamento se realizará por la Intervención General de la Seguridad Social conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de dicho control ejercido por la misma, y en las demás disposiciones que sean de aplicación.
Modificaciones
- Artículo modificado por REAL DECRETO 1891/1999, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de la gestión financiera de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto.
(BOE de 28-12-1999) en vigor desde 29-12-1999
