Da 2 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
D.A. 2ª.-Límites competenciales, por razón de la cuantía, de los órganos de la Diputación Foral de Bizkaia para la disposición de gastos derivados de la concesión de subvenciones y ayudas.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La concesión, fase de adjudicación, de subvenciones y ayudas otorgadas mediante resolución, previa consignación presupuestaria para este fin y con sujeción a los requisitos establecidos en la normativa vigente, corresponde a:
- El Diputado o Diputada General cuando la cuantía de las subvenciones o ayudas no superen los 320.000 de euros,
- Los diputados o las diputadas forales cuando la cuantía de las subvenciones o ayudas no superen los 15.000 de euros.
2. Cuando los Decretos Forales de la Diputación Foral de Bizkaia, que establezcan bases reguladoras de subvenciones y ayudas, faculten a los diputados o las diputadas forales para la adjudicación de subvenciones y ayudas, sólo podrán ejercer esta facultad si la cuantía individual de las subvenciones y las ayudas no supera los 2.000.000 de euros.
En caso de que esos instrumentos no les faculten para la adjudicación, se aplicarán los límites del apartado anterior.
- Modificación realizada (D.A. 2ª (apdo. 2)) por DECRETO FORAL 73/2022, de 17 de mayo, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se modifica el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 14/2022, de 1 de marzo, por el que se modifica el Reglamento General Presupuestario del Territorio Histórico de Bizkaia, de desarrollo del Texto Refundido de la Norma foral General Presupuestaria, aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 169/2014, de 16 de diciembre.
(BI de 20-05-2022) en vigor desde 21-05-2022 - Artículo modificado (D.A. 2ª) por DECRETO FORAL 14/2022, de 1 de marzo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento General Presupuestario del Territorio Histórico de Bizkaia, de desarrollo del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria, aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 169/2014, de 16 de diciembre.
(BI de 10-03-2022) en vigor desde 11-03-2022
