Da 2 Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Navarra
D.A. 2ª. Normas de liquidación
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Serán de aplicación a las liquidaciones que deban practicarse por el Departamento de Economía y Hacienda de los documentos que contengan actos sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a que se refiere el artículo 94.2 de este Reglamento las disposiciones contenidas en los artículos 95 y siguientes del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados aprobado por Decreto Foral 27/1982, de 23 de diciembre, así como las reglas de competencia a que se refiere el título V de las Normas para la exacción de los Impuestos de Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados aprobadas por Acuerdo de la Diputación Foral de 10 de abril de 1970 y disposiciones posteriores complementarias.
