Da 2 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción
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»D.A. 2ª. Plazo de constitución de las Comisiones de Seguimiento y Coordinación.
Vigente
La Comisión de Seguimiento y la Comisión de Coordinación previstas en los artículos 57 y 60 se constituirán en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del mismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-06-2017 en vigor desde 01-07-2017