Da 2 Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policia
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
Vigente
La aplicación de las retribuciones complementarias recogidas en los artículos 47 y 48 no conllevará disminución de las retribuciones percibidas por los funcionarios de los Cuerpos de Policía de Navarra.

