Da 2 Reglamentos 1/1995, 2/1995, 3/1995, 4/1995 y 5/1995, de la Carrera Judicial, de la Escuela Judicial, de los Jueces de Paz, de los Órganos de Gobierno de Tribunales y de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales
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»D.A. 2ª. Selección para el ingreso en la Carrera Judicial y promoción y especialización de la misma.
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1. Los programas con arreglo a los cuales habrán de desarrollarse los ejercicios teóricos de las oposiciones, concursos y pruebas previstos en los títulos I y II del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, serán aprobados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial.
2. En el Acuerdo de aprobación correspondiente se indicará la fecha a partir de la cual dichos programas hayan de regir para las sucesivas convocatorias.
3. A tal efecto, tanto los Acuerdos expresados como los programas se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» con la debida antelación.
