Da 2 se regula el funcionamiento de los servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áreas de mayores, discapacidad, trastorno mental, atención a menores e inclusión social, del sistema de servicios sociales, y el régimen de autorizaciones, comunicaci
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»D.A. 2ª. Control de fichajes.
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Mediante orden foral de la persona que ostente la titularidad del departamento competente en materia de servicios sociales, se podrá establecer la información mínima necesaria para el adecuado control de las ratios.
